BORRADOR provisional. Este texto debe revisarlo un abogado o abogada antes de abrir ALMA al público.
Contrato de encargado del tratamiento
Versión: borrador-2026-10-27
Este contrato cumple el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Lo aceptan la clínica (responsable del tratamiento) y ALMA Software (encargado del tratamiento).
1. Qué datos y para qué
- Datos de contacto de las clientas de la clínica: nombre, teléfono, email y si aceptan recibir mensajes.
- Datos de sus citas: tratamiento, día, hora, profesional y estado.
- Datos de las personas que usan ALMA en la clínica: nombre y email.
- Finalidad: prestar el servicio de gestión de citas y el asistente ALMA. Nada más.
- No se tratan datos de salud: ni historia clínica, ni diagnósticos, ni fotos.
2. Obligaciones de ALMA Software
- Tratar los datos solo siguiendo las instrucciones de la clínica.
- Guardar secreto y exigirlo a cualquier persona que acceda a los datos.
- Aplicar medidas de seguridad: cifrado, contraseñas protegidas y separación de los datos de cada clínica.
- Avisar a la clínica sin demora si hay una brecha de seguridad.
- Ayudar a la clínica a atender los derechos de sus clientas (acceso, rectificación, supresión, etc.).
- Al terminar el servicio, borrar los datos o devolvérselos a la clínica, como ella elija.
3. Subencargados
La clínica autoriza a ALMA Software a usar estos proveedores, con contratos que les exigen las mismas garantías:
- Supabase (base de datos e inicio de sesión), con los datos alojados en Frankfurt (Alemania, UE).
- Anthropic (inteligencia artificial del asistente ALMA), cuando el asistente esté activo.
- El proveedor de alojamiento de la aplicación.
Si cambia esta lista, se avisará a la clínica con antelación para que pueda oponerse.
4. Obligaciones de la clínica
- Informar a sus clientas y tener una base legal para tratar sus datos.
- No introducir en ALMA datos de salud ni datos innecesarios.
5. Duración
Este contrato dura lo mismo que el uso del servicio por parte de la clínica.